A- de 2013
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Cesar Augusto Lozano Perez·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional supeditada a duda que impida su entendimiento
- Reiteración de improcedencia
- Procedencia por presentación dentro del término de ejecutoria
- Procedencia respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
- Rechazar solicitud de aclaración a sentencia C-601/00
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El memorialista solicitó a la Corporación, pronunciarse sobre los efectos y alcances de la Sentencia C-601/00y la Sala consideró que dicha petición reunía los elementos para considerarla una solicitud de aclaración del precitado fallo.
Se reitera que la regla general es que no hay lugar a la aclaración de sentencias proferidas por la Corporación y, que solo excepcionalmente se admite la procedencia de esta clase de solicitudes, cuando se satisfacen los supuestos previstos en el artículo 309 del CPC.
Se resalta, que este tipo de solicitudes deben presentarse dentro del término de ejecutoria del fallo, esto es, dentro de los tres días siguientes a su notificación.
Como quiera que la precitada solicitud se presentó trece años después de proferida la sentencia C-601/00, se decide RECHAZARLA por resultar ostensiblemente extemporánea.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaración a la sentencia C-601 de 2000, formulada por el señor Cesar Augusto Lozano Pérez.
- Segundo. Comuníquese la presente providencia al interesado, informándosele que contra la misma no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.